Condiciones generales de venta

Salvo que se especifique lo contrario, todas nuestras ventas están sujetas a los siguientes términos y condiciones generales de venta. Éstos reemplazarán todos los términos y condiciones de venta anteriores a partir del 1 de Mayo de 2019. El comprador (cliente) reconoce conocer o haber tenido la posibilidad de conocerlos por el simple hecho de haber realizado un pedido o haber negociado para realizar un pedido.

Dichas condiciones generales de venta se encuentran publicadas en nuestra página web: www.techs.es

1.- OFERTAS – CONFIRMACIÓN DE PEDIDO.

Las ofertas verbales y/o por escrito hechas por el vendedor (Textil Santanderina, S.A.), no serán vinculantes hasta que el vendedor haya enviado una confirmación por escrito del pedido. La confirmación del pedido queda supeditada a la cobertura de una aseguradora de crédito y bajo unas condiciones determinadas de pago. La aceptación del contrato implica la renuncia libremente consentida del Comprador a sus Condiciones Generales de Compra. Cualquier pedido y/o acuerdo realizado por un agente, corredor o representante y los acuerdos subsiguientes permanecerán libres de obligación hasta que el vendedor haya confirmado el pedido.

2.- RIESGOS.

El Comprador será el responsable de todos los riesgos relacionados con la mercancía vendida, desde el momento de la recepción de la misma en su almacén, puerto, aeropuerto y/o aduana de destino.

3.- ENTREGA- CUMPLIMIENTO.

A todos los efectos, se entenderá como fecha de entrega la fecha en la que la mercancía sea expedida de la fábrica/s del Grupo Santanderina, independientemente del lugar real de entrega. El comprador está obligado a examinar la conformidad de las mercancías y cualquier defecto dentro de los 15 días posteriores a su recepción. Textil Santanderina, S.A. pone su laboratorio a disposición del comprador, de forma gratuita, para determinar cualquier tipo de no conformidad. Textil Santanderina no admitirá devoluciones ni reclamaciones de tejidos una vez cortados y/o manipulados por el comprador, por una cantidad superior a los dos rollos de tejido (aprox. 180 mts).

Textil Santanderina, S.A. no puede garantizar la correspondencia total entre las cantidades solicitadas y las entregadas, debido a las características técnicas del proceso de fabricación, pudiendo llegar la desviación hasta un máximo del +/- 10% sobre la cantidad solicitada por el comprador.

No se admitirán reclamaciones en ningún caso transcurridos tres meses desde la entrega de la mercancía. Transcurrido ese plazo, el vendedor será liberado de toda responsabilidad, incluida la responsabilidad por vicios o defectos ocultos.

En el caso de una reclamación formalmente fundada y demostrada, el daño a compensar se limitará como máximo al valor del importe facturado para ese tejido. Textil Santanderina se reserva siempre el derecho de reemplazar o volver a tratar los productos defectuosos o no conformes en lugar de pagar una compensación. Las disputas sobre la conformidad, la insuficiencia y/o la deficiencia de la mercancía vendida no afectarán a la obligación por parte del comprador en el pago de las facturas relacionadas con ellas.

4.- PLAZOS DE ENTREGA.

El plazo de entrega se entiende para el suministro situado en la fábrica o almacenes del Vendedor. Para que el plazo de entrega obligue al Vendedor, el Comprador deberá haber cumplido estrictamente con el programa de pagos, en su caso.
Ninguna demora en la entrega da derecho al comprador a posponer o suspender sus obligaciones de pago. Cualquier forma de compensación debido a un retraso en la entrega está legalmente excluida.

Cualquier demora en la entrega causada por el Comprador autorizará al vendedor a la cancelación de los contratos, a la facturación de la mercancía al comprador y a mantenerla a disposición del Comprador. En este caso, transcurridos tres meses desde su almacenamiento, Textil Santanderina emitirá cargos mensuales por concepto de almacenaje, según los costes medios estipulados en terceras empresas dedicadas a tal efecto.

A menos que se acuerde lo contrario, la fecha de vencimiento de la entrega legal del contrato se fija en un año, en el cual el vendedor tiene el derecho pero no la obligación de reclamar la ejecución obligatoria o de considerar el contrato como nulo.

5.- CONDICIONES DE PAGO.

La oferta del Vendedor o, el pedido del Comprador aceptado por el Vendedor, incluirá las condiciones de pago del Suministro. También se podrán emplear unas condiciones de pago previamente especificadas en el marco de un acuerdo de relación comercial continua entre el Comprador y el Vendedor. Dichas condiciones de pago deberán atenerse a la legislación aplicable en el país del Comprador por la que se establezcan las medidas de lucha contra la morosidad en operaciones comerciales, sin superar en ningún caso los plazos máximos establecidos en la misma.

En defecto de otro pacto, el plazo de pago será de 60 días después de la fecha de entrega de por el Vendedor de los correspondientes artículos.

El pago se realizará en las condiciones acordadas, en la cuenta bancaria del Vendedor o mediante otro procedimiento acordado. En el caso de que las facturas no se liquiden en su fecha de vencimiento, el Comprador estará obligado a pagar intereses que se calcularán conforme a lo previsto en la legislación aplicable del país del Comprador.

El pago de estos intereses no liberará al Comprador de la obligación de realizar el resto de pagos en las condiciones acordadas.

Si por causas ajenas al Vendedor, se retrasase la entrega, se mantendrán las condiciones y plazos de pago contractuales.

El vendedor tiene el derecho de exigir garantías de pago razonables durante el curso de la ejecución del pedido. En caso de que se demore el pago del cliente, se pospongan las garantías solicitadas, se reduzca o cancele el seguro de crédito, el vendedor tiene el derecho de suspender, de forma provisional o definitiva, sin previo aviso todas las entregas y/o extender todas las fechas de entrega y/o cancelar los contratos y/o facturar los bienes ya fabricados.

6.- PROPIEDAD DE LA MERCANCIA.

La mercancía vendida seguirá siendo propiedad del Vendedor hasta el pago total de la factura. El coste por la pérdida o el deterioro de los bienes serán por cuenta del Comprador. El Comprador debe informar al Vendedor de cualquier confiscación de la mercancía.

7.- FUERZA MAYOR.

En caso de que el Vendedor se vea impedido, total o parcialmente, para el cumplimiento de sus obligaciones contractuales, por causa de Fuerza Mayor, el cumplimiento de la/s obligación/es afectada/s quedará suspendido, sin responsabilidad alguna del Vendedor, por el tiempo que sea razonablemente necesario según las circunstancias.

Por Fuerza Mayor se entenderá cualquier causa o circunstancia más allá del control razonable del Vendedor, incluyendo pero no limitado a, huelgas de suministradores, transportes y servicios, fallos en los suministros de terceros, fallos en los sistemas de transportes, catástrofes naturales, inundaciones, temporales, disturbios, huelgas, conflictos laborales, paros de personal del Vendedor o sus subcontratistas, sabotajes, actos, omisiones o intervenciones de cualquier tipo de gobierno o agencia del mismo, paradas accidentales en los talleres del Vendedor por averías, etc. y demás causas de fuerza mayor contempladas en la legislación vigente afectando directa o indirectamente las actividades del Vendedor.

Cuando ocurra una causa de Fuerza Mayor, el Vendedor lo comunicará al Comprador con la mayor brevedad posible, expresando dicha causa y su duración previsible. Igualmente comunicará el cese de la causa, especificando el tiempo en el que dará cumplimiento a la/s obligación/es suspendida/s por razón de la misma. La ocurrencia de un suceso de fuerza mayor dará derecho al Vendedor a una extensión razonable del plazo de entrega.

Si la causa de Fuerza Mayor tuviera una duración superior a tres (3) meses, las Partes se consultarán para tratar de hallar una solución justa y adecuada a las circunstancias, teniendo en cuenta las dificultades del Vendedor. Si no pudiera hallarse dicha solución dentro de los siguientes treinta (30) días, el Vendedor podrá dar por resuelto el pedido, sin responsabilidad por su parte, mediante aviso por escrito al Comprador.

8.- INCUMPLIMIENTO.

En ningún caso el Vendedor admitirá devoluciones de la mercancía sin previo acuerdo al respecto con el Comprador. Se establece un plazo de treinta (30) días desde que el Suministro ha sido recibido por el Comprador, para que éste notifique al Vendedor su intención de realizar una devolución y la justificación de la misma, y acuerde con el Vendedor, en su caso, el procedimiento de la devolución. En cualquier caso, las reclamaciones del Comprador al Vendedor deberán realizarse por escrito y de forma fehaciente.

Las devoluciones o envíos de mercancía a las instalaciones del Vendedor, ya sea para su abono, substitución o reparación deberán hacerse siempre a portes pagados.

En caso de que el Comprador anuncie explícita o implícitamente que no quiere aceptar la mercancía comprada total o parcialmente, éste estará obligado a pagar una compensación al Vendedor por los metros que hubieran sido ya fabricados y/o estuvieran en el proceso de fabricación y/o estuvieran terminados y a disposición del Comprador, al valor estipulado en el documento de confirmación del pedido.

9.- HOMOLOGACIÓN- CERTIFICACIÓN.

A petición del Comprador o del cliente final, el Vendedor puede otorgar un certificado de conformidad estándar de su tejido emitido por un organismo oficialmente reconocido que permitirá al Comprador obtener la homologación de su producto por parte de su cliente final. El Comprador, después de usar ese certificado del Vendedor, está obligado a utilizar los tejidos del vendedor necesarios para la producción. En caso de que el Comprador no utilizase o lo hiciera parcialmente las telas del vendedor deberá abonar los costes de desarrollo y certificación de esta tela, que sumará 20 veces el precio del certificado. Esta participación se establece desde el momento en que el comprador ha comenzado a suministrar a su cliente final. La reclamación de dicha participación en los costos no excluye de ninguna manera el derecho del vendedor a emprender acciones legales contra el comprador, por no reconocer los derechos intelectuales del vendedor en el sentido más amplio en relación con el tejido certificado.

10.- DERECHO APLICABLE.SUMISIÓN A JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.

Las presentes Condiciones serán regidas por, e interpretadas de acuerdo con, las leyes españolas. Las partes renuncian expresamente a cualquier otro fuero que pudiese corresponderles y se someten a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de Santander.

11.- IDIOMA.

En caso de disputa y utilización de diferentes idiomas, prevalecerá el texto original en el idioma español.

12.- CERTIFICACIONES.

El vendedor garantizará única y exclusivamente aquellos valores registrados en sus fichas técnicas y/o certificados oficiales, pudiendo ser estos actualizados sin previo aviso. Cualquier certificación y/o valor garantizado por el comprador a sus clientes finales será siempre bajo su responsabilidad.

13.- CONFIDENCIALIDAD.

Las Partes deberán tratar confidencialmente todos los documentos, datos, materiales e información proporcionada por una de ellas a la otra y no revelarlos a ningún tercero, ni usarlos para ningún otro propósito distinto del cumplimiento y desarrollo del Suministro, a menos que conste previamente por escrito el consentimiento de la otra Parte. Lo anterior no es obstáculo a que el Vendedor facilite el nombre del Comprador y los datos básicos del Suministro como parte de sus referencias comerciales.